PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO 2012

PROYECTO EDUCATIVO

 

IES Sierra Palomera

  

Aprobado por el Consejo Escolar de 27 de Junio de 2012

 ÍNDICE

NORMATIVA. 3

1.-  ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO.. 4

1.1.- Características del entorno escolar y necesidades educativas que, en función del mismo, ha de satisfacer el centro  4

1.2.- Enseñanzas impartidas y materias optativas que oferta el centro. 8

1.3.- Actividades complementarias y extraescolares. 16

1.4.- Participación en programas institucionales: integración escolar, compensación educativa, diversificación curricular, Programa de aprendizaje básico, ….. 18

1.5.- Actividades deportivas, musicales y culturales. 19

1.6.- Otros Programas y actividades. 19

2.- ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS GENERALES DE LAS ETAPAS IMPARTIDAS EN EL INSTITUTO   20

3.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR. 22

4.- MEDIOS PREVISTOS PARA FACILITAR E IMPULSAR LA COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 36

4.1.- Colaboración con las Asociaciones de Madres y Padres del alumnado. 36

4.2.- Colaboración con el alumnado. 37

5.- COORDINACIÓN CON OTRAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS Y CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO.. 37

5.1.- Adscripción de colegios de Educación Primaria. 37

5.2.- Otros centros con los que se mantiene relación o colaboración. 37

5.3.- Criterios para la posible utilización de las instalaciones del centro por parte de otras instituciones (RD 2274/1993, 22-12-93) 38

MODIFICACIONES CURSO 2011-2012. 39

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NORMATIVA

 

El Proyecto Educativo de Centro del IES Sierra Palomera se elabora de acuerdo con las normas contempladas en la legislación vigente:

 

– Artículo 66 del RD 83/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de Centros de Educación Secundaria

 

– Orden de 22 de agosto de 2002, (BOA de 2 de septiembre), del Departamento de Educación y Ciencia de la DGA por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Centros Docentes Públicos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

– Orden de 7 de julio de 2005 (BOA de 20 de julio), del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifican parcialmente las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Centros Docentes Públicos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobadas por Orden de 22 de agosto de 2002.

 

– DECRETO 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

 

 


 

 

 

1.- ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO

 

1.1.- Características del entorno escolar y necesidades educativas que, en función del mismo, ha de satisfacer el centro

 

El IES Sierra Palomera es un centro docente público de la localidad de Cella ubicado en la zona conocida como Partida del Carro de dicho municipio. Se encuentra en una zona de servicios públicos. El IES Sierra Palomera se encuentra en su actual ubicación desde el curso 2001-2002.

 

Cella es un pueblo eminentemente agrícola pero con la singularidad de que posee una de las empresas industriales más grandes de la provincia (fabrica tableros de conglomerado) a la que acuden trabajadores desde Teruel (capital) y otras localidades cercanas.

 

La oferta de servicios de cultura y esparcimiento para los ciudadanos y los jóvenes de Cella es muy amplia si tenemos en cuenta que es una población rural de aproximadamente 3000 habitantes. Cabe destacar la existencia de organizaciones y asociaciones que dinamizan la actividad cultural del pueblo (Instituto Aragonés de la Juventud, Ayuntamiento, Servicio Comarcal de Deportes, Banda municipal de música, clubes deportivos, …), cada año presenta el centro su programa de actividades y coopera en la realización en el propio centro de alguna actividad. Además existen numerosas instalaciones y servicios en Cella que favorecen la cultura, deporte y ocio de los jóvenes: zonas de recreo, piscinas de verano y piscina cubierta climatizada, pabellón de deportes, campo de fútbol de césped artificial, pista de atletismo, casa de la juventud, casa de cultura con salón de actos y ludoteca. Además de poseer un centro de salud, centro de día para ancianos y está en construcción una residencia para la tercera edad.

 

No se puede decir lo mismo del resto de pueblos donde se localizan los centros de primaria adscritos al IES Sierra Palomera, debido a la escasa población que poseen y a lo dispersos que se encuentran en el territorio, sus servicios de cultura y esparcimiento son escasos.

 

La distribución del alumnado según su procedencia es la siguiente:

 

LOCALIDADES

PORCENTAJE

ALUMNADO

Cella

50%

Santa Eulalia

Villarquemado

25%

Bronchales

Orihuela del Tremedal

15%

Gea de Albarracín

Alba del Campo

Torrelacarcel

Torremocha

10%

 

El nivel socioeconómico de las familias del alumnado es medio y el nivel cultural medio-bajo. La mayoría de los padres y madres del alumnado muestran interés por la educación de sus hijos. El contacto que mantienen las familias con el Instituto va aumentando progresivamente en los últimos años conforme se aumentan los canales de comunicación y la colaboración con las actividades del Centro.

 

Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA), de la que son socios numerosas familias, aunque las familias no muestran demasiado interés por participar en forma activa en la asociación.

 

El alumnado que procede de otros pueblos se desplaza diariamente con rutas de transporte. Hay alumnos procedentes de pueblos de la Sierra de Albarracín y pueblos limítrofes de la provincia de Guadalajara que tienen 50 minutos de viaje para llegar al Instituto y otros 50 minutos de vuelta por carreteras autonómicas y comarcales de la Sierra de Albarracín con condiciones climatológicas de montaña que dificultan, en ocasiones, durante el invierno el transporte.

 

Las rutas son las siguientes:

 

–            Alba del Campo –  Santa Eulalia – Cella

–            Alustante – Orihuela del Tremedal – Bronchales – Monterde de Albarracín – Cella

–            Torrelacarcel – Torremocha de Jiloca – Villarquemado – Cella

–            Gea de Albarracín – Cella

 

El alumnado, a veces, tiende a formar grupos en función de los lugares de procedencia aunque en algunos casos el Instituto les abre una puerta a la socialización ya que muchos de ellos proceden de pueblos donde la población infantil y juvenil es muy escasa.

 

La mayoría de los alumnos de transporte se incorpora al Centro en 1º de la ESO excepto los alumnos de Orihuela del Tremedal que lo hacen en tercero, cursando 1º y 2º en el colegio de primaria de Orihuela del Tremedal en circunstancias excepcionales.

 

También contamos con aproximadamente un 20% de alumnos de otras nacionalidades, siendo la mitad de ellos marroquíes y el resto sudamericanos o de países del este. Esto hace que el Centro necesite y disponga de programas encaminados a la integración cultural y del conocimiento del Castellano para que se puedan incorporar a nuestro sistema educativo.

 

Existe cierto desinterés de parte del alumnado por aprender, lo que ocasiona falta de hábito de trabajo y estudio personal. Por lo que se ve la necesidad de ampliar la oferta educativa del Centro con algún PCPI, y algún bachillerato para los alumnos que desean continuar sus estudios.

 

En general, y salvo una pequeña proporción del alumnado que está escolarizado en programas específicos: programa de aprendizaje básico, educación compensatoria y diversificación curricular por presentar necesidades educativas especiales ligadas a importantes problemas de aprendizaje y desfases curriculares, la mayoría del alumnado tiene necesidades educativas puntuales y comunes al resto del alumnado de sus mismas características, necesidades que están relacionadas con falta de motivación, intereses personales y académicos poco definidos y ,en ocasiones, con dificultades puntuales en alguna área o materia. En cuanto a los alumnos inmigrantes, se desarrolla un Programa de Aprendizaje de Español complementario al resto de las actividades lectivas.

 

Los recursos humanos y organizativos con que cuenta el Instituto para atender las necesidades educativas del alumnado son los siguientes:

 

  • Equipo Docente integrado en la actualidad por 28 profesores y un profesor de religión, de los cuales un 46% tiene destino definitivo en este centro, lo que da una cierta estabilidad y continuidad a la tarea educativa.
  • Como novedad con respecto a cursos anteriores, este año tenemos una maestra de Pedagogía Terapéutica (PT) para atender a un alumno en su domicilio.
  • Además del personal docente se cuenta con un auxiliar administrativo, dos conserjes, tres miembros del personal de limpieza.

 

Las funciones y organización de los distintos colectivos se encuentran recogidas en el Reglamento de Régimen Interior.

 

El Instituto se crea siendo inicialmente una Sección dependiente del IES Santa Emerenciana de Teruel. Orden 1 de marzo de 1996. Los alumnos de Cella iban diariamente a los distintos institutos de la capital (Teruel) y los de Orihuela del Tremedal y Bronchales acudían a la residencia durante la semana estando matriculados en los institutos de la capital.

 

El Centro estaba situado en las antiguas escuelas de Cella, dentro del casco urbano.

 

En el año 1999, para el curso 1999/2000 se trasforma en IESO, Orden del 5 de julio de 1999.

En septiembre de 2000 se transforma en IES. Orden 13 de septiembre de 2000.

 

Se aprueba el nombre Sierra Palomera en el Consejo Escolar de fecha 30 de enero de 2001, curso académico 2000/2001, a fecha 2 de mayo de 2001 la Dirección General de Centros y Formación Profesional aprobó su denominación y se publicó en el B.O.A. nº 57 de 16 de mayo de 2001 .

 

En septiembre de 2001 se inicia el curso en el nuevo edificio situado en C/ Partida del Carro, s/n, cumple todas las necesidades de nuestro instituto. Entorno formado por edificaciones de servicios públicos (Centro de Primaria, Centro de Salud, Piscina, Pabellón de deporte, Campo de fútbol, Centro de día y futura residencia de ancianos).


 

 

 

1.2.- Enseñanzas impartidas y materias optativas que oferta el centro

 

El IES Sierra Palomera, para cumplir la finalidad educativa que como centro docente tiene encomendada, imparte determinadas enseñanzas propias de su naturaleza jurídica (Instituto de Educación Secundaria), además de favorecer la mejora de la calidad de dichas enseñanzas mediante la cualificación y formación permanente del profesorado, la innovación educativa, la adecuación de la programación docente y de la evaluación educativa, la orientación educativa y profesional, el empleo racional de los recursos educativos y el ejercicio responsable de la función directiva.

 

La oferta educativa actual del IES Sierra Palomera es la siguiente:

 

a) 1º, 2º, 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria: La Educación Secundaria Obligatoria tiene como finalidad transmitir a todos los alumnos los elementos básicos de la cultura y formarles para ser ciudadanos libres y responsables, a la vez que los prepara para acceder a otros estudios.

 

En lo que se refiere a la nueva organización académica de 4º de ESO recogida en el RD 1146/2011 (BOE 30-07-2011) y de acuerdo con la Disposición Adicional Primera “Calendario de aplicación”, se ha decidido implantarlo durante el curso 2012/2013. Durante este curso será revisado por la CCP a propuesta del equipo directivo. 

 

La oferta de materias optativas de ESO es la siguiente:

 

1º ESO

En virtud de lo establecido en el artículo 9 de la orden de 9 de mayo de 2007 del Departamento de Educación Cultura y Deporte por la que se aprueba el currículo de la Educación secundaria obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad autónoma de Aragón el alumnado cursará con carácter general una segunda lengua extranjera.

Como alternativa a la segunda lengua extranjera, los alumnos con marcado desfase curricular o dificultades generales de aprendizaje cursarán la materia de refuerzo Taller de Lengua Castellana.

De acuerdo a las directrices marcadas por la Comisión de Coordinación Pedagógica los criterios para que un alumno curse Taller de Lengua Castellana son los siguientes:

  • Tener suspendida la asignatura “Lengua Castellana” en sexto de primaria.
  • Alumnado inmigrante con desconocimiento del castellano.
  • Alumnado ACNEE.

Esta materia permitirá facilitar la adquisición de las competencias y la consecución de los objetivos generales que se establecen en este Proyecto curricular de etapa.

 

2º ESO

En virtud de lo establecido en el artículo 9 de la orden de 9 de mayo de 2007 del Departamento de Educación Cultura y Deporte por la que se aprueba el currículo de la Educación secundaria obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad autónoma de Aragón el alumnado cursará con carácter general una segunda legua extranjera.

Como alternativa a la segunda lengua extranjera, los alumnos con marcado desfase curricular o dificultades generales de aprendizaje cursarán una de las siguientes materias de refuerzo Taller de Lengua Castellana o Taller de Matemáticas 

De acuerdo a las directrices marcadas por la Comisión de Coordinación Pedagógica los criterios para que un alumno curse Taller de Lengua Castellana o Taller de Matemáticas son los siguientes:

  • Haber repetido primero y pasar a segundo con la asignatura de Matemáticas o Lengua Castellana pendiente.
  • Alumnado inmigrante con desconocimiento del castellano.
  • Alumnado ACNEE.

Esta materia  permitirá  facilitar la adquisición de las competencias y la consecución de los objetivos generales que se establecen en este Proyecto curricular de etapa.

 

3º ESO

En virtud de lo establecido en el artículo 9 de la orden de 9 de mayo de 2007 del Departamento de Educación Cultura y Deporte por la que se aprueba el currículo de la Educación secundaria obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad autónoma de Aragón el alumnado cursará con carácter general una segunda lengua extranjera.

Como alternativa a la segunda lengua extranjera, los alumnos con marcado desfase curricular o dificultades generales de aprendizaje cursarán la materia de refuerzo Taller de Matemáticas.

De acuerdo a las directrices marcadas por la Comisión de Coordinación Pedagógica los criterios para que un alumno curse Taller de Lengua Castellana son los siguientes:

  • Haber repetido segundo y pasar a tercero con la asignatura de Matemáticas pendiente.
  • Alumnado inmigrante con desconocimiento del castellano.
  • Alumnado ACNEE.

Esta materia permitirá  facilitar la adquisición de las competencias y la consecución de los objetivos generales que se establecen en este Proyecto curricular de etapa.

Para aquellos alumnos que no hayan cursado segunda lengua extranjera previamente, el centro ofertará la materia de Cultura Clásica.

En tercer curso, la materia de Ciencias de la naturaleza se cursará en Biología y geología, por un lado, y Física y química por otro. En todo caso, la citada materia mantendrá su carácter unitario a efectos de promoción.

 

4º ESO

Todos los alumnos deberán cursar en este curso las materias siguientes:

Ciencias sociales, geografía e historia.

Educación ético-cívica.

 

Educación física.

Lengua castellana y literatura.

Matemáticas.

Primera lengua extranjera.

Además de las materias enumeradas en el apartado anterior, los alumnos deberán cursar tres materias de entre las siguientes:

Biología y geología.

Educación plástica y visual.

Física y química.

Informática.

Latín.

Música.

Segunda lengua extranjera.

Tecnología.

La materia de Matemáticas se organiza en dos opciones en función de su carácter terminal (opción A) o propedéutico (opción B). Cada alumno podrá optar por una de ambas opciones de conformidad con sus intereses académicos y profesionales.

Áreas y materias para 1º

 

ÁREAS Y MATERIAS

Horas

semanales

COMUNES Ciencias de la naturaleza

3

Ciencias sociales, Geografía e  Hª

3

Educación física

2

Educación plástica y visual

3

Lengua castellana y Literatura

4

Lengua extranjera: Inglés

3

Matemáticas

4

Música

3

Tutoría

1

OPTATIVAS Segundo idioma: Francés (*)

2

Taller de Lengua Castellana (*)
Elegir una Atención Educativa

2

Hª y Cultura de las religiones
Religión

 

(*) En las circunstancias indicadas en el apartado anterior


 

Áreas y materias para 2º

 

 

ÁREAS Y MATERIAS

Horas

semanales

COMUNES Ciencias de la naturaleza

3

Ciencias sociales, Geografía e Historia

3

Educación física

2

Educación plástica y visual

3

Lengua castellana y Literatura

4

Lengua extranjera: Inglés

4

Matemáticas

4

Tecnologías

3

Tutoría

1

OPTATIVAS Segundo idioma: Francés (*)

2

Taller de Lengua Castellana (*)
Taller de Matemáticas (*)
Elegir una Atención Educativa

1

Hª y Cultura de las religiones
Religión

 

(*) En las circunstancias indicadas en el apartado anterior


 

Áreas y materias para  3º

 

 

ÁREAS Y MATERIAS

Horas

semanales

 
COMUNES Ciencias de la naturaleza Física y Química

2

Biología y Geología

2

Ciencias sociales, Geografía e Historia

3

Educación física

2

Lengua castellana y Literatura

4

Educación para la Ciudadanía

1

Lengua extranjera: Inglés

3

 
Matemáticas

3

 
Música

3

 
Tecnologías

3

 
Tutoría

1

 
OPTATIVAS Cultura Clásica (*)

2

 
Taller de Matemáticas (*)  
Segundo idioma: Francés (*)  
Elegir una Atención educativa

1

 
Hª y Cultura de las religiones

 

 
Religión  
           

 

(*) En las circunstancias indicadas en el apartado anterior


 

Áreas y materias para  4º

 

 

ÁREAS Y MATERIAS

Horas

semanales

COMUNES

Ciencias Sociales, Geografía e Historia

3

Educación física

2

Educación ético-cívica

2

Lengua castellana y Literatura

4

Lengua extranjera: Inglés

4

Matemáticas, opción A

 

Matemáticas, opción B

4

Tutoría

1

OPCIONALES

 

El alumnado elegirá una de cada bloque

A

Física y Química

9

Música

B

Biología y Geología
Latín
Tecnología

C

Informática
Francés segundo idioma
Educación Plástica y Visual

Elegir una

Atención educativa

1

Hª y Cultura de las religiones
Religión

 


 

Áreas y materias para Diversificación

 

 

 

Ámbitos y materias

Programa de uno o dos años

Primer año

Segundo año

Específicas

Ámbito L-S 7 horas 7 horas
Ámbito C-T 7 horas 7 horas
Ámbito Práctico 5 horas 3 horas

Comunes

Educación física 2 horas 2 horas
Música 3 horas 3 horas
Educación para la ciudadanía 1 hora

Educación ético-cívica

2 horas
Inglés 3 horas 4 horas

Opcionales:

elegir una

Atención educativa 1 hora 1 hora
Religión
Hª y Cultura de las religiones
        Tutoría 1 hora 1 hora

 

 


 

Áreas y materias para el Programa de Aprendizaje Básico (PAB)

 

 

Programa de aprendizaje básico 1º

Programa de aprendizaje básico 2º

Materias

Áreas y materias

Grupo de referencia   Grupo de referencia  
Educación física

2

Educación física

2

 

 

Tecnología

3

Música

3

 

 

Educación plástica

3

Educación plástica

3

Religión/Atención educativa/

Hª y Cultura de las religiones

2

Religión/Atención educativa/

Hª y Cultura de las religiones

1

Total 10 Total 9
       
Grupo específico   Grupo específico  
Lengua extranjera

3

Lengua extranjera

4

Lengua castellana y literatura

5

Lengua castellana y literatura

5

CC.SS. Geografía e historia

3

CC.SS. geografía e historia

3

Matemáticas

5

Matemáticas

5

Ciencias de la naturaleza

3

Ciencias de la naturaleza

3

Total 19 Total 20
Tutoría

1

Tutoría

1

       
TOTAL 30 TOTAL 30

 

 

 

La oferta de materias optativas en la Educación Secundaria Obligatoria tiende a satisfacer los intereses y motivaciones del alumnado, al tiempo que sirve de apoyo en su toma de decisiones. Están recogidas en el Proyecto Curricular de Etapa y cada curso se revisará su oferta.


 

1.3.- Actividades complementarias y extraescolares

 

Se consideran actividades complementarias y extraescolares aquellas que, realizadas dentro o fuera del Centro, completan las enseñanzas regladas para conseguir los objetivos generales de las distintas etapas y ciclos educativos. Se consideran, pues, como tales los viajes, visitas culturales, mesas redondas, monografías, visitas a centros docentes, visitas a empresas, salidas a la ciudad, semanas culturales, conmemoración de días de especial significación, edición de revistas, viajes de estudio, etc.

 

Dado que las actividades complementarias y extraescolares se dirigen a la consecución de una serie de objetivos didácticos, tendrán la misma consideración que las enseñanzas regladas y para su realización se seguirán los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar. El Departamento de Actividades complementarias y extraescolares se encargará, recogiendo las propuestas del profesorado, del alumnado y de los padres y madres, de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades.

 

Las Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado podrán colaborar en la financiación de diversas actividades complementarias y extraescolares (charlas, viaje de estudios, etc.).

 

Durante cada curso escolar, se podrán realizar una serie de actividades extraescolares y complementarias de carácter general para todo el alumnado del Centro, considerando las sugerencias de la comunidad educativa y la puntualidad de los acontecimientos. Así mismo, se organizarán otras de carácter específico por parte de los diferentes Departamentos Didácticos, teniendo en cuenta, en muchas ocasiones el carácter interdisciplinar de las materias. Como  actividades de tipo general, que favorecen el desarrollo de temas transversales, se contemplan las siguientes: Días de la Constitución, del Racismo, de la Paz y de Europa, Educación vial, Educación sexual, Educación para el consumo, Día contra la violencia de género, Actividades deportivas, contactos presenciales con la Universidad, las empresas, los sindicatos, campañas de reforestación, etc.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 83 del Reglamento Orgánico de los IES, el programa anual de actividades complementarias y extraescolares recogerá las propuestas del Claustro, de los Departamentos, de la Junta de Delegados de alumnos y de los representantes de los padres. Este programa anual se elaborará según las directrices del Consejo Escolar, a cuya aprobación será sometido.

 

Las actividades complementarias y extraescolares tendrán carácter voluntario para alumnos y profesores, y no supondrán discriminación para ningún miembro de la comunidad educativa.

 

La organización de las actividades complementarias y extraescolares que se incluyan en la Programación general anual podrá realizarse por el mismo Instituto, a través de asociaciones colaboradoras o con el Ayuntamiento. Además, otras entidades podrán aportar sus propios fondos para sufragar los gastos derivados de dichas actividades.

 

Para su organización se deberá seguir los requisitos contemplados en el Título VI del Reglamento de Régimen Interno de nuestro centro sobre actividades complementarias y extraescolares.

 

1. Cualquier actividad que se pudiera plantear deberá estar contemplada debidamente en la Programación del Departamento Didáctico correspondiente, exceptuando aquellas que fuesen propuestas a la Junta Directiva y que, por su interés e inmediatez, fueran aprobadas por ésta.

 

2. Cada Departamento interesado en la realización de alguna actividad de las descritas en este Programa deberá entregar en el plazo señalado más abajo ante el Departamento de Actividades complementarias y extraescolares una separata en la que se especifique cada una de las actividades por realizar.

 

3. Sólo podrán realizarse las actividades recogidas y descritas en la Programación General Anual (PGA). No obstante, podrán realizarse otras actividades no incluidas en dichos documentos y que hayan sido aprobadas previamente por el consejo escolar, tales como rutas literarias o cualquier otro que resulte de interés para el alumnado.

 

4. Con carácter general, la duración máxima de cualquier actividad vendrá determinada por la utilización de un máximo de 2 días lectivos para la realización de una misma actividad (con la excepción de aquellas que formen parte de campañas promovidas por alguna institución pública).

 

Para cada  grupo podrán suspenderse las clases un máximo de 5 días lectivos para realizar actividades complementarias y extraescolares. A efectos de cómputo no se tendrán en cuenta actividades de horas sueltas o de media jornadas dirigidas a todo el curso.

 

5. Una vez recibidas las propuestas en el Departamento de actividades complementarias y extraescolares y en el caso de que el número de éstas sea mayor que el de días lectivos disponibles, se procederá, en fecha oportunamente convocada, a la reunión de los tutores de los niveles implicados, los cuales analizarán las distintas propuestas y procederán a su valoración y priorización, de lo cual se informará a la Dirección del Centro para que ésta adopte las decisiones pertinentes.

 

6. Se atenderán como criterios de priorización de las actividades de un mismo nivel las siguientes:

 

‑ Se primará que las actividades se extiendan al mayor número de Departamentos posibles.

 

‑ Se procurará que vayan destinadas al mayor número posible de alumnos.

 

7. Para poder realizar cualquier actividad complementaria o extraescolar garantizando el normal funcionamiento del centro, será necesaria la concurrencia de al menos dos tercios del alumnado a quien vaya dirigida,. En caso de no alcanzar el número antes indicado la actividad propuesta no podrá realizarse en horario lectivo.

 

8. La organización y realización de las actividades propuestas correrá a cargo del Departamento proponente. A tal respecto la Dirección proveerá de los medios oportunos y Jefatura de Actividades Extraescolares y Complementarias realizará los trámites y actuaciones necesarias para que dicha actividad se lleve a cabo.

 

9. Los profesores  responsables de cada actividad entregarán a Jefatura del Departamento de Actividades Extraescolares la lista de los alumnos que participan en la actividad como mínimo TRES O CUATRO DÍAS antes de la fecha de realización de la misma. Si a última hora hubiera algún cambio en el número de alumnos que asisten a la actividad se informará al responsable de actividades complementarias y extraescolares lo antes posible.

 

10. Con el objetivo de conseguir el adecuado aprovechamiento de la actividad en cuestión, y a la vez garantizar la seguridad, se decide como norma general que deberá acompañar al grupo como mínimo dos profesores hasta 50 alumnos, y a partir de esta cantidad un profesor más por cada 25 participantes o fracción. En cualquier caso, y teniendo en cuenta las características concretas de la actividad, se procederá al análisis exhaustivo y se decidirá la ratio idónea profesores-alumnos, garantizando sobre todo la ejecución correcta de la actividad y la seguridad.

 

 


 

 

1.4.- Participación en programas institucionales: integración escolar, compensación educativa, diversificación curricular, Programa de aprendizaje básico, …

 

– Programa de integración escolar del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de una situación de minusvalía o sobredotación intelectual.

 

– Programa de educación compensatoria para el alumnado de minorías étnicas, lingüísticas y culturales.

 

– Programa de Aprendizaje Básico para el alumnado menor de 16 años con desfase curricular de al menos dos años, dificultades generales de aprendizaje y posibilidad de seguir con aprovechamiento las enseñanzas del programa.

 

– Programa de Diversificación Curricular para el alumnado mayor de 16 años en situación de riesgo de no alcanzar los objetivos generales de la etapa a través de medios ordinarios.

 

– Programa de Gratuidad de Libros de Texto para el alumnado de ESO. Se renovarán cada cuatro años los libros de texto.

 

– Programa de Acogida y Aula de Español para alumnos inmigrantes.

 

– Bibliotecas Escolares y fomento de la lectura y de la escritura.

 

– Programa de Acompañamiento Escolar (PROA).

 

– Programas para el uso de las nuevas tecnologías.


 

1.5.- Actividades deportivas, musicales y culturales

 

Desde el Instituto se promoverá y fomentará la participación del alumnado del mismo en actividades deportivas, musicales y culturales organizadas tanto por el instituto como por otras instituciones públicas (Gobierno de Aragón, Ayuntamiento,…) y privadas.

Todos los años se celebra una jornada deportiva y de convivencia en la que ayudan en su organización los alumnos de 4º ESO y colaboran el Servicio Comarcal de Deporte además de otras entidades públicas y privadas. A esta jornada se invita al Colegio de Primaria de la localidad.

 

Todos los años se celebra el concurso anual de fotografía en colaboración con el Ayuntamiento de Cella.

 

1.6.- Otros Programas y actividades

 

–   Difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia del Centro y acuerdos adoptados y actuaciones previstas para el seguimiento y mejora de la convivencia. Se potenciará el funcionamiento de la Comisión de Convivencia.

 

–   Participación en diferentes programas: Cine y Salud, Programas de Cruz Roja, Plan Director, Educación sexual.

 

–   Evaluación del diagnóstico en 2º de ESO: Interpretación y Plan de mejora de los resultados del año anterior y evaluación de nuevas competencias este año.

 

–   Programa Escuela 2.0: aulas digitales en toda la ESO, más dos clases de diversificación y miniportátiles para los alumnos de un ciclo.

 

–   Proyecto de Investigación en colaboración con la Universidad de Zaragoza (Grado de Psicología): “Análisis sociométrico en el aula”.

 

–   Participación en el Proyecto europeo e-twining con los alumnos de 1º ESO.

 

–   Participación del centro en el programa Auxiliar de Conversación.

 

–   Colaboración con la Universidad de Zaragoza para impartir la fase práctica del Master de secundaria.

 

–   Elaboración de la revista anual CHARRETAS.

 

 

 


2.- ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS GENERALES DE LAS ETAPAS IMPARTIDAS EN EL INSTITUTO

 

Considerando que la educación es el medio más adecuado para construir la personalidad del alumno, desarrollar al máximo sus capacidades, conformar su propia identidad personal y configurar su comprensión de la realidad, integrando la dimensión cognoscitiva, la afectiva y la axiológica y de acuerdo con los fines educativos previstos en el artículo 2 de la LOE, el Instituto de Educación Secundaria Sierra Palomera asume los siguientes principios educativos para orientar su labor:

 

1.- El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.

 

2.- La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.

 

3.- La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución

pacífica de los mismos.

 

4.- La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal.

 

5.- La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.

 

6.- El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

 

7.- La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.

 

8.- La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.

 

9.- La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.

 

10.- La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.

 

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Como consecuencia de los principios educativos previamente establecidos en el Art. 1 de la LOE, el IES Sierra Palomera propone, para él mismo y para los alumnos y alumnas, los objetivos que a continuación se detallan:

 

1.- La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.

 

2.- La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades

personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.

 

3.- La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

 

4.- La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.

 

5.- La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.

 

6.-  La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

 

7.- El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

 

8.- El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.

 

9.- La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos.

 

10.- La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.

 

11.- La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

 

12.-  El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

 

13.- La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.

 

14.- El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

 

15.- La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados.

 

16.- La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de las políticas educativas.

 

17.- La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa.

 

 

3.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

 

TITULO I

 

CONVIVENCIA ENTRE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL IES SIERRA PALOMERA

 

CAPÍTULO I : Derechos y deberes

 

1.- Derechos de los alumnos

 

  • A recibir una formación integral.

La formación se ajustará a los principios y fines contenidos en el artículo 2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

 

  • A que se respete su identidad, intimidad y dignidad personales.

Los alumnos tienen derecho a que se respete su identidad, intimidad y dignidad personales.

 

  • A que se respete su libertad de conciencia.

Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, de acuerdo con la Constitución, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.

 

  • A la integridad física y moral.

Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y no podrán ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes.

 

  • A ser valorado con objetividad.

Con el fin de garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos, los centros deberán hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y la promoción del alumnado.

Los tutores y los profesores mantendrán una comunicación fluida con los alumnos y sus padres en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los alumnos y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como en relación con las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

 

  • A recibir orientación educativa y profesional.

Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

 

  • A que se respete su libertad de expresión.

De acuerdo con los principios y derechos constitucionales, el alumnado tiene derecho a la libertad de expresión, siempre que el ejercicio de este derecho no vulnere los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa, respete las instituciones y, en su caso, el carácter propio del centro educativo.

Los centros establecerán la forma, los espacios y lugares donde se podrán fijar escritos del alumnado en los que ejercite su libertad de expresión.

  • A reunirse en el centro.

El Director del Centro garantizará el ejercicio del derecho de reunión del alumnado dentro del horario del centro y facilitarán la utilización de las instalaciones del mismo.

 

Las decisiones colectivas adoptadas por el alumnado a partir del tercer curso de la Educación secundaria obligatoria, con respecto a la inasistencia a clase, no tendrán la consideración de conductas contrarias a la convivencia del centro ni serán objeto de corrección cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro por el órgano de representación del alumnado correspondiente. En este caso se deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) Los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar comunicarán tal circunstancia a la dirección del centro con 48 horas de antelación.

b) La dirección del centro comunicará esta circunstancia a los padres o representantes legales de los alumnos menores de edad no emancipados.

c) Se tendrá que devolver al centro la autorización firmada por el padre, madre, o representante legal del alumno para no asistir a clase, con antelación a la inasistencia a clase. Ello implicará la no asistencia al centro durante toda la jornada y también exoneración de cualquier responsabilidad del centro derivada de la actuación del alumno fuera del centro.

 

  • A asociarse en el ámbito educativo.

El alumnado tiene derecho a asociarse, creando asociaciones, federaciones, confederaciones y cooperativas en los términos previstos en la normativa vigente. El centro docente favorecerá la constitución de asociaciones culturales, deportivas o sociales por parte del alumnado.

 

  • A participar en la vida del centro.

1. El alumnado tiene derecho tanto a ser informado como a participar en el funcionamiento y en la vida de los centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio.

 

  •  A utilizar las instalaciones del centro con finalidad educativa.

Los alumnos tienen derecho a utilizar las instalaciones de los centros con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares y con las precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.

 

2.- Deberes de los alumnos.

 

  • Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.

El estudio como deber básico de los alumnos se concreta en las siguientes obligaciones:

a) Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades del centro.

b) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.

c) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

 

  • Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y

complementarias.

Los alumnos deben asistir diariamente a clase, sin ausencias injustificadas y respetando los horarios de entrada y salida. Se considerarán injustificadas aquellas inasistencias o impuntualidades que no sean excusadas por escrito por el alumno o, en caso de menores de edad no emancipados, por sus padres o representantes legales, aportando el modelo de justificación disponible en el centro o en su página web a su tutor.

 

  • Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar.

Los alumnos deben participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro docente, respetando el derecho de sus compañeros a la educación, la autoridad y orientaciones del profesorado y las indicaciones del personal no docente en el ejercicio de sus funciones.

 

  • Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

Respetar sin ningún tipo de discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientación sexual e identidad de género, capacidad, estado de salud, lengua, cultura, religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal, económica o social.

 

  • Respetar las normas de organización, de funcionamiento y de convivencia del

centro educativo.

Los alumnos deberán respetar las normas recogidas en el Reglamento de régimen interior sobre acceso, permanencia y salida del centro, así como las relacionadas con las actividades complementarias y extraescolares que se desarrollen fuera del mismo.

 

  • Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales Didácticos.

Los alumnos deben cuidar, mantener las condiciones de higiene y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro, así como respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

 

  • Reconocimiento y colaboración con otros miembros de la comunidad educativa

Los alumnos prestarán reconocimiento, colaboración y apoyo al profesorado, equipo directivo, personal de administración y servicios y demás miembros de la comunidad educativa.

 

3.- Derechos de los padres o tutores legales

 

1. A estar informados sobre el progreso de aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos o tutelados.

2. Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad educativa.

3. A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las disposiciones vigentes.

4. A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.

5. A ser informados sobre todas aquellas decisiones relacionadas con la convivencia escolar que afecten a sus hijos.

6. A participar en la elaboración del Plan de convivencia y de las normas de convivencia del centro e implicarse en su seguimiento. A conocer el Plan de convivencia y las normas de convivencia del centro.

7. El centro potenciara el derecho de asociación de los padres de alumnos.

 

4.- Deberes de los padres o tutores legales

 

Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o tutelados, tienen los siguientes deberes:

1. Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con el profesorado y el centro.

2. Contribuir a la mejora de la convivencia escolar, respetando las normas establecidas por el centro y procurando que sus hijos o tutelados las cumplan. Fomentando el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.

3. Colaborar en todos aquellos aspectos relacionados con la convivencia escolar y en la aplicación y cumplimiento de las medidas educativas de corrección de conductas que afecten a sus hijos o tutelados.

4. Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o tutelados cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a clase.

5. Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el proceso educativo y el rendimiento de sus hijos o tutelados.

 

5.- Derechos del profesorado

 

Los profesores, en el ejercicio de sus funciones, tienen los siguientes derechos:

1. A participar en los órganos del centro: Consejo escolar, Claustro de profesores y otros órganos de coordinación docente.

2. A desempeñar con libertad su función docente de conformidad con los principios establecidos en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3. A participar en la elaboración del Proyecto curricular de etapa, de la Programación general anual y las programaciones didácticas.

4. A participar en la vida del centro y en la gestión de la convivencia escolar.

5. A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes.

6. Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones.

7. A utilizar, de acuerdo con sus funciones, los medios materiales y las instalaciones del centro.

8. A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.

 

6.- Deberes del profesorado

 

Los profesores, en el ejercicio de sus funciones, tienen los siguientes deberes:

1. Ejercer sus funciones de acuerdo a la legislación vigente, al Proyecto educativo de centro, a los proyectos curriculares de etapa y a lo previsto en el Reglamento de régimen interior del centro.

2. Favorecer un clima de convivencia y respeto en la comunidad educativa.

3. Informar a la comunidad educativa de las normas de convivencia y de las medidas correctoras aplicadas a los alumnos por conductas contrarias a la convivencia del centro.

4. Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y contribuir a la mejora de la convivencia escolar.

5. Velar por la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.

6. Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente.

 

7.- Derechos del personal de administración y servicios

 

El personal de administración y servicios tiene los siguientes derechos:

1. Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad educativa, en el cumplimiento de sus funciones.

2. A utilizar, según sus funciones, los medios materiales y las instalaciones del centro.

3. A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de sus tareas.

4. A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.

 

8.- Deberes del personal de administración y servicios

 

El personal de administración y servicios tienen los siguientes deberes:

1. Contribuir a la consecución de los objetivos educativos del centro y, especialmente, de los relativos a la convivencia.

2. Contribuir a la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.

3. Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente.

 

CAPÍTULO II: Convivencia escolar

 

1.- Normas de Convivencia.

 

a)                     Normas de Convivencia para el alumnado.

 

  1. Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades.

 

  1. Seguir las orientaciones del profesorado respeto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.

 

  • Traer el material de cada asignatura.
  • Mantener silencio en el desarrollo de la clase, facilitando la explicación del profesor y cuando intervengan algún compañero.

 

  1. Cumplir las instrucciones del personal no docente del Centro cuando éstas sean dictadas en ejercicio de las funciones que la normativa les encomienda.

 

  1. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales o ideológicas.

 

  1. Respetar la integridad, moral y física, e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de discriminación.

 

  1. Cumplir las medidas educativas correctoras que les sean impuestas por el centro docente.

 

  1. Cuidar y mantener las condiciones de higiene personales y del centro.

 

  1. Utilizar correctamente los bienes inmuebles y las instalaciones del centro.

 

  1.  Respetar las pertenencias de todos los miembros de la comunidad educativa.

 

  1. Hacer un uso correcto de las nuevas tecnologías: teléfonos móviles, cámaras, ordenadores, …. Los alumnos no pueden utilizar los dispositivos electrónicos particulares de ningún tipo (teléfonos móviles, MP, cámaras…), si no es en situaciones de estricta necesidad, en ningún caso durante las clases, ni en los períodos intermedios entre clases, salvo que el profesor de la clase permita su utilización.

 

  1. Esta totalmente prohibido grabar y/o difundir actos vejatorios, violentos o aquellos que violen la intimidad de las personas y su imagen personal de cualquier miembro de la comunidad educativa.

 

  1. Los alumnos están obligados a permanecer en el centro durante todo el horario lectivo. Queda prohibido abandonar el centro. Cualquier alumno que quiera salir del centro lo podrá hacer con el modelo de justificante disponible en el centro y en su página web, recogido por el adulto responsable del alumno.

 

  1. Mantener el comportamiento adecuado cuando se participe en una actividad extraescolar.

 

b)                    Normas de Convivencia para el profesorado.

 

  1. Tener un trato respetuoso con todos los miembros de la comunidad educativa.
  2. Actuar de mediador ante cualquier conflicto entre alumnos, como primera medida antes de imponer una sanción.
  3. Asistir con puntualidad a las clases y reuniones para las que fuera convocado.
  4. Custodiar a los alumnos ante cualquier circunstancia que pueda producirse en el centro.
  5. Colaborar en las actividades y programas en las que participa el centro.
  6. Colaborar con los padres en la mejora de la formación integral de los alumnos.
  7. Velar por el cumplimiento de las normad de convivencia y contribuir a la mejora de la convivencia escolar.

 

c)                     Normas de Convivencia para los padres o tutores legales

 

1.    Contribuir a la mejora de la convivencia escolar, respetando las normas establecidas por el centro y procurando que sus hijos o tutelados las cumplan.

2.    Colaborar en todos aquellos aspectos relacionados con la convivencia escolar y en la aplicación y cumplimiento de las medidas educativas de corrección de conductas que afecten a sus hijos o tutelados.

3.    Adoptar las medidas necesarias para que los alumnos asistan regularmente a clase.

  • Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos.
  • Ponerse en contacto con el centro cuando el alumno vaya a faltar prolongadamente.

4.    Proporcionarles, en la medida de sus posibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.

5.    Estimularlos para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.

6.    Participar en reuniones con el tutor y en las convocadas por el centro.

  1. Fomentar el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.
  2. Inculcar en los hijos el uso correcto de las nuevas tecnologías.

 

2.- Corrección de conductas contrarias a la convivencia escolar.

 

Los procesos de corrección de las conductas del alumnado contrarias a la convivencia escolar forman parte de su proceso educativo, por lo que las correcciones que se apliquen por el incumplimiento de las normas de convivencia deben tener un carácter educativo y recuperador y garantizar el respeto a los derechos de todo el alumnado.

 

Circunstancias que reducen o acentúan la responsabilidad.

 

1. A efectos de la valoración de la gravedad de una conducta contraria a la convivencia, se considerarán circunstancias que reducen la responsabilidad:

a) El reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta.

b) La petición de disculpas por su conducta.

c) La reparación voluntaria de los daños causados.

2. A efectos de la valoración de la gravedad de una conducta contraria a la convivencia, se considerarán circunstancias que acentúan la responsabilidad:

a) La premeditación.

b) La reiteración de conductas contrarias a la convivencia.

c) La publicidad de las conductas contrarias a la convivencia, incluyendo las realizadas a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

d) Cualquier acto que suponga menosprecio o discriminación por razón de raza, sexo, orientación sexual e identidad de género, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

e) La incitación o estímulo a una actuación colectiva que pueda resultar lesiva para los derechos de los miembros de la comunidad educativa.

f) La realización de las conductas contrarias a la convivencia en presencia de público o por parte dos o más alumnos.

 

Reparación de daños causados

 

1. Los alumnos que individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, causen daños al material o a las instalaciones del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa quedan obligados a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación.

2. Los alumnos que sustraigan bienes del centro o de otro miembro de la comunidad educativa deberán restituir lo sustraído además de cumplir la sanción que pueda derivarse de sus actos contrarios a las normas de convivencia.

3. En todo caso, los padres o representantes legales de los alumnos serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes.

 

Comunicaciones y citaciones

 

1. Las citaciones a los alumnos, o en su caso, a sus padres o representantes legales se realizarán por cualquier medio de comunicación inmediata que permita dejar constancia fehaciente de haberse realizado y de su fecha.

2. La incomparecencia sin causa justificada de los alumnos, o en su caso, de sus padres o representantes legales, o bien la negativa a recibir comunicaciones o notificaciones, no impedirá la continuación del proceso de corrección.

 

2.1 Conductas contrarias a las normas de convivencia de carácter leve

Son conductas contrarias a las normas de convivencia  de carácter leve las que se enumeran a continuación:

1. Cualquier acto que perturbe el normal desarrollo de la actividad del centro docente, especialmente de los procesos de enseñanza-aprendizaje.

2. La sistemática falta de realización por parte del alumnado de las actividades educativas orientadas al desarrollo del currículo, así como el incumplimiento de las orientaciones del profesorado.

3. Las conductas que dificulten o impidan a los demás alumnos el ejercicio de su derecho a aprender o el cumplimiento del deber de estudiar.

4. Faltas injustificadas:

– Las faltas injustificadas de puntualidad.

Se considera retraso si el alumno se incorpora a clase una vez tocado el timbre de clase. Pasados los primeros 10 minutos de clase, el alumno que se incorpore se considerará  falta de asistencia injustificada.

Por reiteradas faltas de puntualidad a clase se considerará que 2 retrasos constituyen una falta injustificada de asistencia.

Esta medida se establecerá con carácter trimestral.

– Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

Cuatro faltas injustificadas de asistencia a clase en un mes constituirán una falta leve. Deberán justificarse las faltas de asistencia en el plazo máximo de 1 semana.

Esta medida se establecerá con carácter trimestral de cara a la aplicación de estas medidas sancionadoras.

El control de los retrasos y faltas de asistencia injustificadas lo realizará el tutor, siendo el Jefe de Estudios el encargado de cumplimentar, en su caso, el parte de falta correspondiente.

5. Cualquier acto de incorrección o de desconsideración hacia el profesorado o hacia otro miembro de la comunidad educativa.

6. Sustraer materiales o equipamiento del centro o pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa de reducido valor económico.

7. Causar pequeños daños en el material o en las instalaciones del centro o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

8. Uso inadecuado del teléfono móvil, MP3, o aparatos similares: se considerará una falta leve el no seguir las indicaciones del profesor, se requisará 7 días y los padres del alumno sancionado tendrán que pasar a recoger el móvil por jefatura de estudios.

 

Actuaciones y medidas correctoras

 

  1. La primera conducta contraria a las normas de convivencia, tipificada como falta leve, el profesor realizará una amonestación verbal al alumno, y se lo comunicará a sus padres telefónicamente o a través de entrevista personal, para que incidan en un cambio positivo  de conducta de su hijo/a. Igualmente el profesor comunicará al tutor y a jefatura de estudios que se ha producido este aviso verbal y este primer contacto con los padres.

 

  1. A partir de este momento, cualquier conducta contraria a las normas de convivencia tipificada como falta leve será interpuesta en Jefatura de Estudios, quien aplicará las medidas sancionadoras oportunas. Además, será comunicada igualmente a los padres del alumno por el profesor que tramita esa sanción.

 

  1. A criterio del profesor, el alumno sancionado realizará tareas que cooperen en la reparación de lo dañado y que contribuyan a la toma de conciencia por parte del alumnado de la falta cometida.

 

  1. La acumulación de 3 faltas leves supondrá la suspensión del derecho de asistencia al Centro por un plazo máximo de cinco días, corrección que aplicará el Director del Centro. Se comunicará a los padres. Así mismo se comunicará a la Comisión de Convivencia.

 

  1. Sanciones implícitas a falta leve:
  • Por la primera falta leve que se produzca (después de ese primer aviso al alumno y posterior comunicación a los padres),  se suspenderá el derecho a participar, por un periodo de 2 meses, en actividades complementarias y extraescolares que impliquen viajar fuera del centro. Al finalizar los dos meses  podrá ser revisada la sanción por los profesores que le dan clase a ese alumno. Será el conjunto unánime del profesorado que le imparta clase al alumno, quien valore el cambio de comportamiento positivo que pueda significar el levantamiento de la medida sancionadora. El tutor preguntará a todos y cada uno de los profesores, y en caso de que se decida mantener la sanción, el alumno estará otros dos meses sancionado, y de nuevo se procederá a una nueva revisión.
  • Por dos o más faltas leves el alumno perderá el derecho a participar en cualquier actividad extraescolar que implique viajar, sin posibilidad alguna de revisión.

 

Solicitud de revisión y ejecución de medidas

 

Los alumnos a los que se les aplique alguna de las medidas correctoras de una conducta contraria a las normas de convivencia o, en su caso, sus padres o representantes legales podrán mostrar su desacuerdo con la aplicación de las mismas, en el plazo de dos días lectivos, mediante escrito dirigido al director del centro, que, tras analizar y valorar las alegaciones presentadas, ratificará o rectificará la medida correctora.

 

 

2.2 Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro.

 

  1. La acumulación de tres expulsiones por faltas leves en un mismo curso académico.

 

  1. Los actos de indisciplina, injuria y ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa.

 

  1. La agresión física grave contra los demás miembros de la comunidad educativa.

 

  1. La suplantación de personalidad en actos de vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

 

  1. Causar por uso indebido daños graves en los locales, material o documentos del Centro o en los bienes que pertenezcan a otros miembros de la comunidad educativa.

 

  1. Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del Centro.

 

  1. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.

 

  1. El incumplimiento de las sanciones impuestas.

 

  1. La exhibición de símbolos o emblemas y la realización de actos que inciten a la violencia o que atenten contra la dignidad de las personas y contra los derechos humanos.

 

  1. La utilización inadecuada de las tecnologías de la información y la comunicación para atentar contra la dignidad de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, dentro o fuera del recinto escolar.

 

  1. La sustracción de materiales o equipamiento del centro o de pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa de gran valor educativo o económico.

 

Medidas correctoras de las conductas gravemente perjudiciales

 

Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro enumeradas en el artículo precedente podrán ser corregidas con las siguientes medidas correctoras:

1. Realización en horario no lectivo de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o que reparen el daño causado al material, equipamiento o instalaciones del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

 

2. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro durante un curso.

 

3. Cambio de grupo del alumno.

 

4. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a cinco días lectivos e inferior a veinte días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en su proceso formativo. Se encontrará bajo la responsabilidad del profesor de guardia.

 

5. Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a cinco días lectivos e inferior a veinte días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en su proceso formativo.

 

 

Procedimientos de corrección de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

 

La corrección de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro podrá realizarse mediante el procedimiento conciliado o común. Corresponde al director del centro decidir la instrucción y el procedimiento que se va a seguir en cada caso, tras la recogida de la necesaria información.

 

Al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, el director, a la vista de las repercusiones que la conducta del alumno haya podido tener en la convivencia escolar, podrá adoptar las medidas correctoras provisionales que estime convenientes. Las medidas provisionales podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o actividades o al centro por un período que no será superior a cinco días lectivos.

 

El procedimiento de corrección de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro se deberán ajustar a lo dispuesto en los artículos 69 a 76 del Decreto 73/2011 de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón por la que se establece la carta de derechos y deberes.

 

El procedimiento conciliado podrá aplicarse si se cumplen estos supuestos:

1. Que el alumno responsable de alguna de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia reconozca la gravedad de su conducta, esté dispuesto a reparar el daño material o moral causado y se comprometa a cumplir las medidas correctoras que correspondan.

2. En el caso de que haya otros miembros de la comunidad educativa afectados por su conducta, que éstos muestren su conformidad a acogerse a dicho procedimiento.

 

El procedimiento conciliado no procede en los siguientes casos:

1. Cuando se aprecie que la conducta presenta una especial y notoria gravedad.

2. Cuando la persona agraviada o, en caso de alumnos menores de edad no emancipados, sus padres o sus representantes legales no comuniquen su disposición a acogerse al procedimiento conciliado.

3. Cuando el alumno autor de la conducta o, en su caso, sus padres o representantes legales no comuniquen su disposición a acogerse al procedimiento conciliado.

4. Cuando ya se haya hecho con anterioridad uso de este procedimiento de corrección durante el mismo curso escolar, con el mismo alumno y para corregir una conducta similar.

 

En el procedimiento conciliado podrá actuar un mediador. El mediador no sustituye al instructor del procedimiento, sino que colaborará con él para lograr el acercamiento entre los afectados y su consenso en la medida correctora así como su cumplimiento.

 

Independientemente del procedimiento de corrección que se vaya a utilizar, la Dirección del Centro designará un profesor para que actúe como instructor del procedimiento corrector. Los criterios para realizar dicha designación serán los siguientes:

–                                                                          Profesor con destino definitivo en el centro.

–                                                                          Profesor que no imparta clase a los alumnos implicados en el procedimiento.

–                                                                          Profesor que no sea miembro del Consejo Escolar.

 

Quedará constancia en el centro de la corrección de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia a efectos de la apreciación de reincidencia de conductas.

 

Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescribirán en el plazo de sesenta días lectivos, contados a partir de la fecha de su comisión. Las correcciones impuestas como consecuencia de dichas conductas prescribirán a la finalización del curso escolar. En todo caso, el director podrá imponer al alumno corregido tareas educativas reparadoras del daño causado que deberá continuar realizando tras la finalización del curso escolar y, en su caso, al inicio del curso siguiente.

 

 

 

 

 

 

TÍTULO II

 

ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN E INFORMACIÓN EN EL CENTRO

 

CAPÍTULO I : Estructura

 

El funcionamiento y estructura del Instituto se rigen por la siguiente normativa vigente:

  • Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (LODE).
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
  • Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, sobre derechos y deberes de los alumnos.
  • Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, sobre el Reglamento Orgánico de los Institutos de Secundaria.
  • Orden de 22 de agosto de 2002 del Departamento de Educación por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los centros públicos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificada por orden de 7 de julio de 2005 (BOA 20 de julio).
  • Decreto 73/2001, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las demás normas legales y reglamentarias que sean de aplicación.

 

1.- Órganos de Gobierno.

 

UNIPERSONALES

 

Director: Dirige el Centro. Cumple y hace cumplir las leyes vigentes en materia de educación. Coordina todas las actividades del Centro. Ejerce la Jefatura de todo el personal del Centro. Convoca y preside los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del Centro.

 

Jefe de estudios: Vela por el estricto cumplimiento del orden académico. Coordina las actividades de evaluación y recuperación de los alumnos así como de su orientación.

 

Secretario: Coordina todas las tareas de orden administrativo (presupuestos, certificaciones, inventario, etc…). Levanta acta de las sesiones del Claustro de profesores y del Consejo Escolar.

 

 

 

 

COLEGIADOS

 

Consejo escolar: lo componen el Director del Centro, el Jefe de Estudios, un Concejal del Ayuntamiento, cuatro profesores elegidos por el Centro, tres representantes de los alumnos, dos representantes de los padres y uno del personal de Administración y Servicios. El Secretario del Centro asiste con voz pero sin voto.

Tiene las siguientes funciones:

  • formular propuestas al equipo directivo sobre la programación general anual.
  • conocer la resolución de conflictos disciplinarios.
  • participar en el proceso de admisión de alumnos.
  • proponer directrices de colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
    • aprobar el proyecto de  presupuesto del centro.
    • conocer la programación del centro.
    • analizar y valorar el funcionamiento general del centro.
    • aprobar el RRI.

 

El Consejo escolar constituirá las siguientes Comisiones:

 

  • Comisión de Convivencia: estará formada por el Director, un profesor, un padre y un alumno elegidos por cada uno de los sectores. Competencias:
    • Revisará los datos sobre convivencia presentados por Jefatura de Estudios.
    • Tendrá como responsabilidad la de asesorar a la Dirección del Centro y al conjunto del Consejo Escolar en lo referente a la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa.
    • Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir y resolver conflictos, mejorar la convivencia y fomentar el respeto mutuo y la tolerancia.

 

  • Comisión del Programa de Gratuidad de Libros de Texto: estará formada por el Director del Centro, un profesor, un padre y un alumno elegidos por cada uno de los sectores.

 

  • Comisión del Programa 2.0: estará formada por el Jefe de Estudios, un profesor, un padre y un alumno elegidos por cada uno de los sectores.

 

Claustro de profesores: es el órgano propio de participación de todos los profesores del Centro. Entre otras tiene las siguientes competencias:

  • Programar las actividades docentes del centro.
  • Fijar y coordinar criterios sobre evaluación y recuperación de alumnos.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación e investigación pedagógica.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

 

2.- Estructura docente.

 

Departamento de orientación: donde se articulan las funciones de orientación y tutoría, así como de asesoramiento psicopedagógico. Su responsable es un profesor de la especialidad de Psicología. Existen, además, 2 profesores encargados de las áreas científico-tecnológica y socio-lingüística y un maestro de Pedagogía Terapéutica.

 

Departamento de actividades complementarias y extraescolares: son funciones de este Departamento promover, coordinar y facilitar este tipo de actividades y dinamizar la biblioteca del Centro.

 

Departamentos didácticos. Los profesores están agrupados por materias y áreas en los siguientes Departamentos Didácticos: Lengua castellana y Literatura, Inglés, Francés, Artes Plásticas, Música, Matemáticas, Ciencias Naturales, Educación Física y Deportiva, Geografía e Historia y Tecnología. Cada Departamento tiene un Jefe que es el responsable académico y administrativo del mismo.

 

Comisión de coordinación pedagógica: está integrada por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios y  Jefes de Departamento. Se encarga de establecer y coordinar las directrices pedagógicas del Centro.

 

Tutores y tutoras: cada uno de los grupos de alumnos y alumnas tiene un profesor o profesora tutor, tutora. Son funciones esenciales del tutor participar en el desarrollo del “Plan de Acción Tutorial” y coordinar el proceso de evaluación de los alumnos.

 

 

3.- Estructura no docente.

 

El Centro dispone en la actualidad para funciones administrativas y de limpieza, el siguiente personal:

  • Personal administrativo: una persona.
  • Ordenanzas: dos personas.
  • Limpieza: tres personas.

 

CAPÍTULO II : Otros cauces de participación

 

1.- Organización Interna de los Alumnos

 

EL DELEGADO DE LA CLASE

 

Al principio de Curso, cada grupo hará una elección democrática, previa presentación de candidaturas, del Delegado y subdelegado, en presencia del tutor. De la votación se levantará acta, que quedará en poder del Jefe de Estudios. En caso de no haber candidatos se efectuará una votación y será elegido el más votado, sin posibilidad de renuncia.

 

Antes de la elección de Delegado y Subdelegado, el tutor informará sobre las funciones de los mismos.

 

El Delegado y Subdelegado podrán ser cesados y sustituidos mediante nueva elección, en caso de que no cumplan sus funciones, previo informe razonado dirigido al tutor, por la mayoría absoluta de los alumnos del grupo que los eligieron.

 

Los Delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de las funciones que les encomienda el Reglamento.

 

FUNCIONES DEL DELEGADO

 

– Representar al grupo en Juntas de Delegados y Juntas de Evaluación.

– Elevar al tutor las quejas y sugerencias planteadas por el grupo. En caso de que no se solucionen los problemas planteados, deberá dirigirse al Jefe de Estudios o Director del Centro. El Delegado, siempre que lo crea conveniente, una vez consultados estos órganos, podrá elevar su queja a cualquier miembro del Consejo Escolar.

– Fomentar la convivencia entre los compañeros de su grupo.

– Velar por el cuidado y limpieza de la clase y los objetos que se encuentran en ésta.

– Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del Instituto para el buen funcionamiento del mismo.

– Informar al grupo de las cuestiones de interés que les afecten.

– A requerimiento de otros organismos del Centro, podrán ser convocados, así como convocar ellos mismos.

 

JUNTA DE DELEGADOS

 

Estará constituida por todos los Delegados, Subdelegados y los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar.

La Junta de Delegados podrá reunirse en pleno o, cuando la naturaleza de los problemas lo haga más conveniente, en comisiones, y en todo caso lo hará antes y después de cada una de las reuniones que celebre el Consejo Escolar.

 

FUNCIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS

 

– Representar la opinión del alumnado.

-.Elevar quejas y sugerencias a cualquier miembro de la comunidad educativa participando en la coordinación, planificación y organización de las actividades extraescolares.

 

2.- Asociaciones de Padres

 

Tendrán autonomía en su funcionamiento y el Instituto les facilitará locales y otros medios materiales para realizar sus reuniones y las actividades que le son propias.

Podrán elaborar aquellas propuestas que consideren convenientes sobre el funcionamiento del Instituto al equipo directivo o al consejo escolar.

Podrán solicitar información sobre diferentes aspectos del funcionamiento del Centro que considere conveniente: resultados académicos, actividades complementarias y extraescolares, libros de texto, proyecto educativo, proyectos curriculares, programación general anual, etc.

 

3.- Asociaciones de Alumnos

 

El alumnado tiene derecho a asociarse, creando asociaciones, federaciones, confederaciones y cooperativas en los términos previstos en la normativa vigente. El centro docente favorecerá la constitución de asociaciones culturales, deportivas o sociales por parte del alumnado.

El alumnado podrá asociarse, una vez terminada su relación con el centro, en asociaciones que reúnan a los antiguos alumnos y colaborar, a través de ellas, en las actividades del centro.

 

FINALIDADES

 

-Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación en el Centro.

-Colaborar en la labor educativa del Centro y en las actividades complementarias y extraescolares.

-Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del Centro.

-Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajo en equipo.

-Promover federaciones y confederaciones, de acuerdo con la legislación vigente.

-Facilitar el ejercicio de los derechos de los alumnos recogidos por la legislación vigente.

-Asistir a los alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.

-Facilitar la representación de los alumnos en el consejo Escolar del Centro.

-Cualquier otra finalidad lícita prevista en sus estatutos, siempre que resulte compatible con las anteriores.

 

ACTA DE CONSTITUCIÓN

 

Las asociaciones de alumnos se constituirán mediante acta que deberá ser firmada al menos por el 5% de los alumnos del Centro con derecho a asociarse y, en todo caso, por un mínimo de cinco.

En el acta constará el propósito de asumir, de acuerdo con sus estatutos, el cumplimiento de las finalidades señaladas anteriormente.

El acta y los estatutos se depositarán en la Secretaría del Centro.

 

ESTATUTOS

 

Los estatutos deberán regular, al menos, los siguientes puntos:

– Denominación de la asociación, con una referencia que la singularice y una indicación al Centro docente en el que se constituye.

–  Fines que se propone la Asociación.

– Órganos rectores y funciones de los mismos. Se elegirán democráticamente.

– Procedimientos de admisión y pérdida de la cualidad de socio.

– Derechos y deberes de los asociados.

– Recursos económicos previstos.

– Régimen de modificación de sus estatutos.

 

ACTIVIDADES PROGRAMADAS POR LAS ASOCIACIONES DE ALUMNOS

 

Las asociaciones de alumnos deberán informar de las actividades programadas al Consejo Escolar.

En las actividades programadas por las asociaciones de alumnos podrán participar todos los alumnos que lo deseen.

 

UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO POR LAS ASOCIACIONES DE ALUMNOS.

 

El Equipo Directivo del Centro, dentro de sus posibilidades, facilitarán el uso de un espacio para el desarrollo de las actividades internas de carácter permanente de las asociaciones de alumnos, siempre que sea solicitado por éstas.

Las asociaciones de alumnos del Centro podrán celebrar reuniones en los locales del Centro, siempre que las mismas se circunscriban a los fines propios de la asociación y no alteren el normal desarrollo de las actividades docentes. Para la utilización de las instalaciones del Centro por las asociaciones de alumnos será necesaria la previa conformidad del Equipo Directivo del Centro.

 

CAPÍTULO III : Información

 

Para garantizar el derecho a la información de los padres, se establecerán los siguientes canales:

1. A principio de curso se celebrará una primera reunión de contacto con los padres, en la que se comunicará:

El horario de los alumnos.

Organización del centro.

Normas de funcionamiento del Centro.

Cargos directivos.

El nombre de los Profesores.

El nombre de su tutor y horario de atención a los padres.

Reglamento de Régimen Interno.

Fechas aproximadas de cada evaluación y entrega de notas.

Otros datos de interés.

 

2. El Departamento de Orientación y Jefatura de Estudios podrán proponer otras reuniones a lo largo del curso, preferentemente después de cada Evaluación, y especialmente en el tercer trimestre con marcado carácter orientador.

3. Los padres que lo deseen podrán solicitar entrevistas con el Tutor en el horario previamente informado.

4. En caso de sanción por falta leve o grave de un alumno, los profesores comunicarán a los padres del alumno telefónicamente o mediante entrevista personal, sobre la incidencia, y dejará constancia escrita de esa comunicación tanto al tutor como al Jefe de Estudios.

5. Los padres recibirán diariamente información a través de la página web del Centro sobre las faltas de asistencia de los alumnos. En cualquier caso, los tutores comunicarán por escrito una vez al mes las faltas no justificadas de sus alumnos.

6. La comunicación de las calificaciones se hará trimestralmente mediante un boletín de notas y de un informe si fuera necesario. Además los padres podrán consultar las calificaciones por vía telemática a través de la página web del instituto.

 

 

TÍTULO III

 

GARANTÍAS EN LA EVALUACIÓN

 

 

A lo largo del curso se realizarán tres evaluaciones, incluida la final, que coincidirán, aproximadamente con cada uno de los trimestres. En los cursos de la ESO se realizará una evaluación inicial en la que se intercambiará información sobre el grupo y las características y problemas de aprendizaje y comportamiento de los alumnos.

Según la legislación vigente  el alumnado de ESO contará con una evaluación extraordinaria en septiembre.

Los alumnos podrán reclamar los resultados de la evaluación final en el tiempo y circunstancias que establece la legislación vigente.

Todos los profesores deberán poner las calificaciones de los alumnos en el programa de gestión del Centro con una antelación mínima de veinticuatro horas antes de la sesión de evaluación.

 

Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad, el centro dará a conocer los objetivos, contenidos y criterios de evaluación mínimos exigibles para obtener una valoración positiva en las distintas áreas y materias que formen el currículo.

1.Los alumnos o sus padres o tutores podrán solicitar, de los profesores y tutores, cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de las valoraciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos, así como sobre las calificaciones o decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

2.Los alumnos o sus representantes legales podrán formular reclamaciones sobre las calificaciones derivadas de las evaluaciones finales, tanto ordinarias como extraordinarias, así como sobre las decisiones de promoción y titulación.

3.Para reclamar hay un plazo de 48 horas una vez publicadas las calificaciones. Se solicitarán aclaraciones ante el profesor correspondiente y, si se mantiene el desacuerdo, se tramitará la reclamación a través del Jefe de Estudios. Las reclamaciones se tramitarán y resolverán de acuerdo con el procedimiento que viene regulado por la Orden de 28 de agosto de 1995 (BOE de 20 de septiembre de 1995).

 

 

TÍTULO IV

 

PROGRAMA ESCUELA 2.0

 

El programa Escuela 2.0 es un proyecto de integración de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TICs) en los centros educativos, que contempla el uso personalizado de un ordenador portátil por parte de cada alumno además de poner en marcha aulas digitales dotadas con la conectividad necesaria, pizarras digitales interactivas, sonido y ordenador del profesor conectado con un servidor de centro.

Este proyecto se desarrolla entre el Ministerio de Educación y el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón, exigiendo un compromiso por parte del Instituto que implica tanto al profesorado, como a los alumnos y a sus familias.

 Con la implantación de este programa en el centro pretendemos:

– El acercamiento de las TICs a los currículos de todas las áreas.

– Facilitar el acceso de los alumnos a los recursos tecnológicos y a Internet dentro del Instituto.

– Que el ordenador personal sea un recurso del alumno y del profesor.

– Que el uso de las TICs se extienda a los domicilios y las familias de los alumnos.

 

Las normas para el préstamo del ordenador miniportátil serán las siguientes:

 

1. El miniportátil es propiedad de la Administración y es entregado al alumno durante el periodo que curse estudios de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en el I.E.S. Sierra Palomera (incluido periodos vacacionales). Una vez finalizados sus estudios en este Instituto el miniportátil se debe devolver en las condiciones que establezca la Comisión del Programa Escuela 2.0.

2. La cesión será de todo el equipo completo: ordenador miniportátil, funda protectora y cargador de batería.

3. Cada equipo será registrado con el número de serie del miniportátil y el número de inventario propuesto por Centro Aragonés para las Tecnologías de la Educación (CATEDU).

4. El alumno y los padres firmarán un documento de compromiso de buen uso y conservación del ordenador.

5. Se aportará la cantidad de 10 euros por año en concepto de depósito no reembolsable, para sufragar posibles contingencias: averías, necesidad de reposición de algunos equipos, etc.

6. Los padres deberán involucrarse en el uso correcto de esta nueva herramienta.

7. El alumno deberá seguir las orientaciones e instrucciones que reciba por parte de los profesores respecto de la utilización y mantenimiento del miniportátil.

8. El deterioro o pérdida del equipo podrá implicar, tras el estudio del caso por parte de la Comisión del Programa Escuela 2.0 del Centro, el reintegro del importe del mismo o la exclusión del alumno del préstamo.

 

 

TÍTULO V

 

REQUISITOS PREVIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

 

 

Las actividades extraescolares que se realicen deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

1. Cualquier actividad que se pudiera plantear deberá estar contemplada debidamente en la Programación del Departamento Didáctico correspondiente, exceptuando aquellas que fuesen propuestas a la Junta Directiva y que, por su interés e inmediatez, fueran aprobadas por ésta.

 

2. Cada Departamento interesado en la realización de alguna actividad de las descritas en este Programa deberá entregar en el plazo señalado más abajo ante el Departamento de Actividades complementarias y extraescolares una separata en la que se especifique cada una de las actividades por realizar.

 

3. Sólo podrán realizarse las actividades recogidas y descritas en la Programación General Anual (PGA). No obstante, podrán realizarse otras actividades no incluidas en dichos documentos y que hayan sido aprobadas previamente por el consejo escolar, tales como rutas literarias o cualquier otro que resulte de interés para el alumnado.

 

4. Con carácter general, la duración máxima de cualquier actividad vendrá determinada por la utilización de un máximo de 2 días lectivos para la realización de una misma actividad (con la excepción de aquellas que formen parte de campañas promovidas por alguna institución pública).

 

Para cada  grupo podrán suspenderse las clases un máximo de 5 días lectivos para realizar actividades complementarias y extraescolares. A efectos de cómputo no se tendrán en cuenta actividades de horas sueltas o de media jornadas dirigidas a todo el curso.

 

5. Una vez recibidas las propuestas en el Departamento de actividades complementarias y extraescolares y en el caso de que el número de éstas sea mayor que el de días lectivos disponibles, se procederá, en fecha oportunamente convocada, a la reunión de los tutores de los niveles implicados, los cuales analizarán las distintas propuestas y procederán a su valoración y priorización, de lo cual se informará a la Dirección del Centro para que ésta adopte las decisiones pertinentes.

 

6. Se atenderán como criterios de priorización de las actividades de un mismo nivel las siguientes:

 

‑ Se primará que las actividades se extiendan al mayor número de Departamentos posibles.

 

‑ Se procurará que vayan destinadas al mayor número posible de alumnos.

 

7. Para poder realizar cualquier actividad complementaria o extraescolar garantizando el normal funcionamiento del centro, será necesaria la concurrencia de al menos dos tercios del alumnado a quien vaya dirigida,. En caso de no alcanzar el número antes indicado la actividad propuesta no podrá realizarse en horario lectivo.

 

8. La organización y realización de las actividades propuestas correrá a cargo del Departamento proponente. A tal respecto la Dirección proveerá de los medios oportunos y Jefatura de Actividades Extraescolares y Complementarias realizará los trámites y actuaciones necesarias para que dicha actividad se lleve a cabo.

 

9. Los profesores  responsables de cada actividad entregarán a Jefatura del Departamento de Actividades Extraescolares la lista de los alumnos que participan en la actividad como mínimo TRES O CUATRO DÍAS antes de la fecha de realización de la misma. Si a última hora hubiera algún cambio en el número de alumnos que asisten a la actividad se informará al responsable de actividades complementarias y extraescolares lo antes posible.

 

10. Con el objetivo de conseguir el adecuado aprovechamiento de la actividad en cuestión, y a la vez garantizar la seguridad, se decide como norma general que deberá acompañar al grupo como mínimo dos profesores hasta 50 alumnos, y a partir de esta cantidad un profesor más por cada 25 participantes o fracción. En cualquier caso, y teniendo en cuenta las características concretas de la actividad, se procederá al análisis exhaustivo y se decidirá la ratio idónea profesores-alumnos, garantizando sobre todo la ejecución correcta de la actividad y la seguridad.

 

 

TÍTULO VI

 

NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y RECURSOS 

 

 

Se usarán las instalaciones para las actividades docentes.

Se podrán usar las instalaciones y los recursos del centro siempre que no altere el normal desarrollo de las actividades docentes.

Para la utilización de las instalaciones del centro será necesario solicitarlo, por escrito, al Director del centro para que el equipo directivo dé su conformidad y se informe al Consejo Escolar.

Los criterios sobre las condiciones para ceder las instalaciones del centro quedaron aprobadas en el Consejo Escolar de fecha 21 de diciembre de 2010, se establecieron las siguientes diferencias:

  • Si el solicitante es una institución pública se cederá gratuitamente.
    • Si el solicitante es una institución privada deberá abonar una contraprestación.

Todas las instalaciones del Centro deberán ser utilizadas siguiendo las normas establecidas en cada caso y con el debido cuidado para que no se produzcan desperfectos. En el caso de que los hubiera el responsable será el solicitante.

 

 

TÍTULO VII

 

REFORMA DEL REGLAMENTO

 

 

Procedimiento de Reforma.

 

Para iniciar el proceso de modificación del presente Reglamento, bastará que lo solicite la mayoría absoluta de alguno de los estamentos de la Comunidad Educativa (Claustro, consejo Escolar, A.P.A. y Junta de Delegados), dirigida al Presidente del Consejo Escolar, haciendo constar los motivos que impulsan a su modificación.

El Presidente del Consejo Escolar llevará al mismo aquellas propuestas formuladas, para su debate y aprobación, si procediera.

Una vez aprobadas estas modificaciones, entrarán en vigor a partir del curso siguiente.

 

Disposición transitoria I

 

El presente Reglamento se adecuará en cada momento a la Legislación vigente.

Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Escolar.

 

Disposición final

 

Este Reglamento ha sido aprobado en Consejo Escolar con fecha de 29 de junio de 2012, entrando en vigor al día siguiente.

 

 

4.- MEDIOS PREVISTOS PARA FACILITAR E IMPULSAR LA COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

 

4.1.- Colaboración con las Asociaciones de Madres y Padres del alumnado

 

El Instituto facilitará el uso de sus instalaciones a las AMPAS del mismo cuando se reúnan, y la Junta Directiva del Instituto acudirá a dichas reuniones si es invitada a ello, o a petición propia cuando deba explicar algún asunto de relevancia para la misma.

 

 

4.2.- Colaboración con el alumnado

 

El Instituto colaborará con todas aquellas iniciativas que partan del alumnado con el objetivo de mejorar y ampliar aspectos culturales, deportivos, de integración, de ayuda al desfavorecido, etc. que resulten de interés para la comunidad educativa. Para ello, el equipo directivo deberá ser informado con la antelación suficiente (48 horas) por los representantes del alumnado, de forma que pueda prever aquellas actuaciones o espacios necesarios para la realización de las mismas.

 

El alumnado tiene derecho a asociarse, creando asociaciones, federaciones, confederaciones y cooperativas en los términos previstos en la normativa vigente. El centro docente favorecerá la constitución de asociaciones culturales, deportivas o sociales por parte del alumnado.

 

El alumnado podrá asociarse, una vez terminada su relación con el centro, en asociaciones que reúnan a los antiguos alumnos y colaborar, a través de ellas, en las actividades del centro.

 

 

5.- COORDINACIÓN CON OTRAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS Y CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO

 

5.1.- Adscripción de colegios de Educación Primaria

 

Los Centros de Primaria adscritos al Instituto son:

 

– CP MIGUEL BLASCO VILATELA. Cella

– C.R.A. CUNA DEL JILOCA. Santa Eulalia, Alba del Campo y Villarquemado.

– C.R.A ALTO JILOCA. Torremocha , Torrelacarcel.

– C.R.A. DE ALBARRACÍN. Bronchales, Orihuela del Tremedal y Gea de Albarracín.

 

5.2.- Otros centros con los que se mantiene relación o colaboración

 

Sin afán de ser exhaustivos, tienen carácter estable las relaciones con las siguientes instituciones:

 

– C.R.A. SEXMA DE LA SIERRA. Alustante y Orea ( de la provincia de Guadalajara)

 

Servicio Provincial de Educación y Ciencia de la DGA: Servicio de Inspección Técnica y Unidad de Programas Educativos.

 

Centro de Profesores y Recursos. Coordinación de actividades a través del representante del profesorado en el C.P.R., participación de los profesores en diversas actividades de formación, cesión de locales y aulas para la realización de cursos.

 

Centros de Primaria: Coordinación con el profesorado e información a padres y alumnos de 6º de Primaria.

 

Centros de Secundaria de Teruel (“Vega del Turia”, “Santa Emerenciana”, “Segundo de Chomón”, “Francés de Aranda”, “Escuela de Artes” e “Instituto de Formación Agroambiental San Blas”). Organización de actividades conjuntas (esquí, etc.). Además, a través de reuniones puntuales entre los equipos directivos de los Institutos de Secundaria se abordan problemas comunes.

 

Ayuntamiento de Cella. Colaboración con la mesa de prevención de drogodependencias. Igualmente, se mantienen contactos periódicos con los Servicios Sociales para el seguimiento de determinados alumnos. Colaboración en concursos y actividades extraescolares. Anualmente colabora con aportación económica o con algún servicio de mantenimiento con el Centro.

 

Consejo de la Juventud. Participación en las diversas actividades que proponen anualmente al Instituto (campañas por la Paz, charlas sobre sexualidad, drogodependencias, alcoholismo, etc.)

 

Diputación General de Aragón. Colaboración en actividades deportivas (semana de esquí) y de la salud (campaña de vacunaciones).

 

Diputación Provincial de Teruel.

 

Comarca de Teruel.

 

Universidad de Zaragoza. Campus de Teruel.

 

Entidades bancarias.

 

Organizaciones sindicales.

 

Guardia civil.

 

Empresas privadas de la zona.

 

 

 

 

 

5.3.- Criterios para la posible utilización de las instalaciones del centro por parte de otras instituciones (RD 2274/1993, 22-12-93)

 

Los locales e instalaciones del IES “Sierra Palomera” podrán ser utilizados fuera del horario lectivo por el Ayuntamiento de Cella, otras entidades u organismos y personas físicas o jurídicas, sin animo de lucro, para la realización de actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas o sociales, de conformidad con el procedimiento que se desarrolla en el Título VII del RRI: Normas para el uso de las instalaciones y recursos.

 

En todo caso, los usuarios deberán garantizar el normal desarrollo de las actividades por ellos realizadas, la no interferencia en los aspectos académicos del centro y la adopción de las medidas oportunas en materia de vigilancia, mantenimiento y limpieza de los locales e instalaciones, de modo que tales dependencias queden en perfecto estado para su uso inmediato posterior por el alumnado en sus actividades escolares ordinarias.

La prioridad para la utilización de las instalaciones del IES “Sierra Palomera” por personas o entidades ajenas a él será:

 

– Instituciones de carácter oficial ligadas al mundo de la enseñanza y la cultura sin ánimo de lucro.

 

– Instituciones o entidades de carácter privado ligadas al mundo de la enseñanza y la cultura sin ánimo de lucro.

 

– Instituciones o entidades de carácter privado no ligadas al mundo de la enseñanza y la cultura sin ánimo de lucro.

 

En todo caso, la utilización de las instalaciones conllevará la contraprestación que el Consejo Escolar del IES determine en cada caso, y que no necesariamente deberá ser de carácter económico.

 

MODIFICACIONES CURSO 2011-2012

 

Las modificaciones realizadas este curso 2011-2012 se relacionan con:

 

–          La adaptación a las actuales enseñanzas del Instituto y a la Ley Orgánica de Educación (principios, fines, estructura básica, enseñanzas).

–          Difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia del Centro y acuerdos adoptados y actuaciones previstas para el seguimiento y mejora de la convivencia.

–          Seguimiento, evaluación y modificación del nuevo RRI.

–          El funcionamiento de las Comisiones del Consejo Escolar, especialmente, la Comisión de Convivencia y la de revisión del RRI.

–          El desarrollo del Programa de Gratuidad de libros de texto

–          Actividades para la reducción de jornada por edad.

–          Continuidad del Programa de Bibliotecas Escolares y fomento de la lectura y de la escritura.

–          Participación en diferentes programas: Cine y Salud, Órdago, Plan Director, Educación para el Consumo, Educación sexual.

–          Evaluación del diagnóstico en 2º de ESO: Interpretación y Plan de mejora de los resultados del año anterior y evaluación de nuevas competencias este año.

 

–          Escuela 2.0, debemos terminar de implantar el programa y consolidar la utilización de los medios digitales en el IES.

–          Prácticas de los estudiantes del Máster en profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, Artísticas y Deportivas de la Universidad de Zaragoza y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

–          Continuidad en el Proyecto de Investigación en colaboración con la Universidad de Zaragoza (Grado de Psicología) sobre: “El análisis sociométrico en el aula”.

–          Participación en el Programa de Auxiliar de Conversación de lengua inglesa.

–          Participación en el Programa Europeo E-Twining.

–          Nuestro centro será centro piloto de las pruebas de evaluación de diagnóstico para el curso 2012/2013.

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